Tarifas para la utilización de las obras musicales y audiovisuales del repertorio SGAE como amenización de carácter secundario e incidental en establecimientos no hoteleros
Utilización de amenizaciones musicales con aparato mecánico o electrónico no reproductor de imagen.
Utilización de amenizaciones con receptor de televisión
Utilización del repertorio de SGAE por medio de Vídeo o cualquier otro procedimiento audiovisual análogo.
Dinos a cual y el código de socio y podrás beneficiarte de un 5% de bonificación en el importe de la tarifa.